domingo, 16 de junio de 2013

La venta de carne en Aliste en el siglo XVII: un choque de intereses


A mediados del siglo XVII un vecino de Ufones se va a ver envuelto en un pleito del que aún conservamos la documentación en el Archivo de la Chancillería de Valladolid[1]. Las dos partes en conflicto son por una parte don Nicolás de Hontiveros, obligado y arrendatario de las carnicerías de Alcañices y el gobernador y alcalde mayor de dicha villa, en representación del Marqués de Alcañices, y por la otra parte, don Miguel del Prado, el Mozo, obligado de la carnicería de Matellanes y Francisco Fernández, también obligado pero de la carnicería de Alcorcillo.
Miguel era vecino y natural de Ufones. Había sido bautizado en la parroquia de Santa Eulalia el día 29 de noviembre de 1603, luego en el momento del juicio contaría con unos 56 años. Sus padres eran Miguel del Prado y Ana de Buenaño[2]. La coincidencia entre los nombres de padre e hijo justifica el apelativo que recibe: el Mozo. En el pleito aparece como obligado de la carnicería de Matellanes, cargo que ostentaría en ese momento.
Antes de seguir adelante y para una mejor comprensión del litigio debemos hacer una breve exposición del sistema de abastecimiento de carne entonces vigente.
Desde la Edad Media la venta de carne seguía un sistema de abasto público, propiciado por las autoridades para asegurar el control de los precios y el aprovisionamiento de un bien tan esencial.
Este sistema se conoce como “de obligaciones” y su mecanismo en líneas generales era el siguiente: las autoridades celebraban pública subasta en la que se concedía el abastecimiento de carne durante un año al mejor postor, es decir, aquel que ofreciese las mejores condiciones al precio más bajo. La persona elegida se obligaba (de ahí el nombre) o comprometía a proveer de carne a la población manteniendo las condiciones y precios estipulados en el contrato. A cambio éste se reservaba el monopolio de la venta, obteniendo en muchos casos pingues beneficios.
Los animales más apreciados por su carne en aquella época eran vacas y carneros, tanto es así que su venta estaba fuertemente protegida (no ocurría lo mismo por ejemplo con cabras y ovejas, cuya carne era considerada para mantenimiento de pobres). Las autoridades regulaban estas actividades a través de la promulgación de decretos y ordenanzas periódicas.
En ciudades y villas importantes normalmente el sacrificio de los animales se hacía en mataderos destinados al efecto, mientras que la carne se pesaba y vendía en las propias carnicerías, exponiéndose al público en una serie de tablas (puestos) que separaban cada tipo de carne. Sin embargo en los pueblos pequeños lo lógico es que matadero y carnicería fueran todo uno, pudiéndose utilizar los corrales o patios interiores como lugar de sacrificio y despiece de las reses. Lamentablemente no hemos podido establecer la posible ubicación de las carnicerías mencionadas en el pleito. Quizás la toponimia menor de estos lugares podría ayudar en este sentido. En cuanto a los precios de venta desconocemos la cuantía de los mismos para la zona de Aliste. Tomando como referencia los precios estipulados para el lugar de Peñafiel (Valladolid) por aquellas mismas fechas[3], sabemos que la libra de carnero de 16 onzas se vendía a 37 maravedíes, mientras que la de vaca ascendía a 29.
Junto a las carnicerías aparecieron mercados paralelos que se celebraban determinados días de la semana, generalmente situados en las afueras de las ciudades, donde tratantes y ganaderos vendían las piezas enteras o por cuartos. Estos mercados recibieron el nombre de rastros.[4]
Ilustración de un antiguo puesto de carnicería pertenciente a la obra La Carnicería, de Annibale Carracci (1580) - Museo de Arte Kimbell -
 
Una vez visto brevemente el sistema de obligaciones vamos a centrarnos en el pleito al que hacíamos referencia. El conflicto surge a raíz del intento por controlar la venta de carne en la zona por parte del Marqués de Alcañices. Éste, en vista a la bajada en las ventas de la villa en favor de las carnicerías de Alcorcillo y Matellanes, decide imponer su autoridad a través de medidas coercitivas, presionando de esta manera para que el comercio de carne se focalizara en Alcañices.
Sin embargo, lo más interesante de todo este proceso no es tanto el caso particular como la lucha de intereses que se desprende de él. En realidad en este tipo de pleitos se está poniendo en juego el poder y autoridad de los distintos estamentos. Aunque aquí el enfrentamiento directo se produce entre particulares y señor en otras ocasiones vemos intervenir a concejos, clero e incluso al propio rey. De hecho la confrontación entre el Marqués y los distintos concejos de Aliste fue recurrente a lo largo del tiempo. Desde el inicio del marquesado se suceden las disputas, principalmente por la resistencia que éstos oponen a perder cuotas de poder[5]. En el caso concreto de las carnicerías los conflictos jurisdiccionales fueron frecuentes en muchos lugares de España. En ocasiones los concejos tuvieron que competir con poderes tradicionales, como en el caso de Valladolid o Granada, cuyas Chancillerías contaban con tablas propias.
El pleito de Miguel del Prado es reflejo en parte de esta situación. El Marqués, dueño de la carnicería de Alcañices, intenta impedir a toda costa la venta de reses mayores (vacas, bueyes y carneros) en los lugares próximos a la villa como son Alcorcillo y Matellanes, donde la población acudía a comprar. Para lograr su propósito decide utilizar la fuerza, encarcelando a los dos obligados, imponiendo sendas multas de 10.000 maravedíes y por fin prohibiendo el ejercicio de su profesión, una clara muestra del poder jurisdiccional que ostentaba. Es entonces cuando Miguel del Prado y Francisco Fernández deciden apelar a la Chancillería de Valladolid. En su declaración los dos obligados, a través de su representante Salvador de Lemos, coinciden en defender su actuación aludiendo a que el ejercicio de su cargo se desarrolla en los lugares mencionados desde tiempo inmemorial.[6] Es un recurso típico basado en el derecho consuetudinario (usos y costumbres).
Afortunadamente para ellos la audiencia vallisoletana les dará la razón, ordenando su puesta en libertad y ratificando sus derechos, cuya sentencia habrá de cumplirse dentro de los tres primeros días siguientes. Pese a ello es imposible determinar hasta qué punto el Marqués respetó esta decisión, ya que su poder era tan amplio que suponemos sería difícil para los obligados resistir la presión a la que estarían sometidos en su actividad diaria.











[1] Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Pleitos Civiles, Zarandona y Balboa (Olvidados), Caja 1950, nº1. (año 1659).

[2] Archivo Histórico Diocesano de Zamora, Sección Parroquiales, nº 82, libro 1º.
[3] Archivo Histórico Provincial de Valladolid, Protocolos, leg. 14170, f. 120 (año 1653).
[4] Este es el origen del Rastro madrileño, el más conocido en España. Otro ejemplo lo tenemos en Valladolid. Aquí sabemos de la existencia de un rastro de carneros, situados extramuros de la ciudad, y junto al que tuvo su residencia en la ciudad don Miguel de Cervantes a principios del siglo XVII.
[5] Hay abundante documentación sobre este particular. Consultar, por ejemplo, Archivo Histórico de la Casa Ducal de Alburquerque, Estado de Alcañices: Caja 51, leg. 9º , nº 10, 11, y 12 (año 1519);  Caja 57, leg. 9º, nº 1 (año 1559) o Caja 63, leg. 14º, nº 30, 32 y 38 (años 1516, 1518 y 1528).

[6] “ […] siendo anssi que sus partes heran obligados de las carnizerias de los lugares como son Matellanes y Alcorcillo y como tales an estado en costunbre de tiempo ynmemorial de matar para el avasto de dichas carnizerías vueyes, vacas y carneros sin que se les pudiese ymponer ympedimento alguno y an pagado y pagavan las sisas y alcavalas.”